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del Decreto Ejecutivo 85: Conjuntamente con los requisitos señalados en el artículo 75 de la Ley 35 de 1996, reformada por la Ley 61 de 5 de octubre de 2012, el peticionario deberá acompañar a la solicitud lo siguiente:
1- Una introducción indicando el objeto industrial de que se trate y la aplicación de preferencia.
2- Una descripción del modelo o dibujo industrial la cual deberá referirse brevemente a la reproducción gráfica del modelo o dibujo industrial de que se trate.
3- Las características esenciales del modelo o dibujo industrial, que aportan originalidad y novedad que lo distingue, le da apariencia y características propias. |
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